Fallo histórico de la Corte Constitucional de Italia reafirma la ciudadanía por descendencia

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La Sentencia n. 142/2025 restablece el derecho iure sanguinis para trámites iniciados antes del 27 de marzo

La Corte Constitucional de Italia dictó el 31 de julio de 2025 la Sentencia n. 142/2025, estableciendo que quienes iniciaron juicios de ciudadanía italiana por descendencia antes del 27 de marzo mantendrán su derecho sin restricciones generacionales. El fallo tiene un fuerte impacto en miles de personas en América Latina, especialmente en Argentina, donde existe una extensa comunidad de descendientes italianos con procesos judiciales en curso.

Desarrollo:
La decisión surge en respuesta a consultas planteadas por los tribunales de Bolonia, Milán, Florencia y Roma sobre la constitucionalidad del artículo 1 de la Ley 91/1992, en relación con las modificaciones introducidas por el decreto-ley 36/2025 y su conversión en la Ley 74/2025. En su resolución, la Corte determinó que las causas iniciadas antes del 27 de marzo de 2025 deben seguir siendo tratadas bajo la legislación anterior, sin aplicarles los límites establecidos por la nueva norma.

Argentina es, según datos del Ministerio de Relaciones Exteriores italiano, uno de los países con mayor cantidad de solicitudes judiciales por ciudadanía italiana iure sanguinis. Se estima que más de 60.000 argentinos tienen procesos abiertos, muchos de ellos por vía judicial colectiva o individual ante tribunales italianos. Para este grupo, la sentencia representa una victoria crucial.

La Corte desestimó la mayoría de los planteos por considerarlos inadmisibles o infundados, reafirmando el principio de iure sanguinis sin restricciones para quienes ya habían iniciado sus trámites. La abogada argentina Laura Rehder, presente en la sede del tribunal, explicó: “Este fallo evita una ola de incertidumbre que habría afectado de forma directa a miles de familias argentinas e italo-latinoamericanas que vienen tramitando su derecho legítimo desde hace años”.

El debate se había intensificado en los últimos meses, especialmente en comunidades de Buenos Aires, Córdoba, Rosario y Mendoza, donde abogados especializados en ciudadanía advertían sobre posibles rechazos judiciales si la Corte avalaba retroactivamente los nuevos criterios. Entre los cambios cuestionados por los demandantes estaba la exigencia de que el ancestro italiano hubiera residido en Italia al menos cinco años antes de emigrar, una condición imposible de cumplir para descendientes de varias generaciones.

Aunque el fallo del 31 de julio despeja el camino para quienes ya iniciaron sus trámites, aún queda pendiente una resolución clave: el análisis de la constitucionalidad del artículo 3‑bis introducido por la Ley 74/2025. Ese artículo fija como fecha límite para el reconocimiento automático el 27 de marzo de 2025, afectando a quienes comenzaron después. El caso se encuentra en manos del tribunal de Turín, y la Corte se expedirá entre febrero y abril de 2026.

La comunidad ítalo-argentina, a través de asociaciones como Feditalia y la Cámara de Ciudadanía Italiana, celebró la decisión como una defensa del derecho histórico de los descendientes. “Es un reconocimiento a nuestra identidad, a nuestra historia familiar, y a los valores transmitidos generación tras generación”, declaró Giancarlo De Filippis, dirigente comunitario en Buenos Aires.

Conclusión y próximos pasos:
El fallo garantiza seguridad jurídica a decenas de miles de descendientes en América Latina, principalmente en Argentina, donde el proceso judicial por la ciudadanía es una vía común ante las demoras consulares. No obstante, el futuro de los trámites iniciados luego del 27 de marzo dependerá del pronunciamiento pendiente en 2026, que definirá si la nueva legislación es constitucional o no.