Consulados ayuda
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Las embajadas y los consulados son representaciones diplomáticas de un país en el extranjero. Sin embargo no tienen el mismo grado de importancia ni pueden desempeñar las mismas funciones.

Si vas a viajar y/o  emigrar a algún lugar del mundo, debés saber que es muy importante tener bien localizadas las embajadas o los consulados de tu país de origen. Ambos pueden sernos de utilidad si necesitamos ayuda en algún momento de nuestra estancia en el extranjero.

Lo primero que hay que dejar claro es que tanto embajadas como consulados son representaciones diplomáticas de un país en el extranjero. Sin embargo, no tienen el mismo grado de importancia ni pueden desempeñar las mismas funciones. Y es ahí donde se encuentra la diferencia entre un consulado y una embajada

LAS EMBAJADAS son la máxima representación y autoridad de un país en el extranjero. Es una misión permanente encabezada por un embajador que desempeña las funciones propias de un Estado en el país de destino. El embajador y el resto del cuerpo diplomático desempeñan labores de negociación para favorecer un clima propicio que permita fomentar las relaciones económicas, políticas y comerciales entre ambos Estados.  Otra de las funciones de una embajada es mantener informado al Gobierno de la actualidad del país de destino y de los acontecimiento que puedan ser de su interés. Normalmente, solo hay única embajada por cada Estado en cada país, y se localiza en la capital.

Sin embargo, no es infrecuente encontrar casos en los que un Estado no tenga embajada en un determinado país, y que los asuntos relacionados con ese país dependan de otra en un Estado cercano. En el caso de Argentina, por ejemplo, la gestión de los asuntos nacionales en Andorra es competencia de la embajada española en España, radicada en Madrid; lo mismo ocurre con el caso de Antigua y Barbuda, que es competencia de la embajada en Kingston, Jamaica.

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LOS CONSULADOS, por su lado,  son instituciones de menor nivel que las embajadas, jerárquicamente dependientes de la embajada que el Estado tenga en ese país y con unas funciones más reducidas que las de la embajada. Al contrario que las embajadas, puede haber más de un consulado en un mismo país. Los consulados pueden incluso encontrarse dentro de las embajadas si las circunstancias lo requieren.

Los consulados brindan asistencia, apoyo, orientación y contención a los ciudadanos argentinos en el exterior en casos de emergencias, urgencias y eventualidades y representan a los organismos nacionales del Estado en el mundo para trámites legales y administrativos.

Es competencia del Cónsul

  • Orientarlo en materia de asistencia jurídica y notarial.
  • Asistir a personas accidentadas o con problemas graves de salud. En ningún caso esta asistencia implica desembolso económico por parte del Cónsul o de la Cancillería Argentina.
  • Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes o fallecimientos y catástrofes.
  • Interesarse por los connacionales detenidos.
  • Asegurar la legítima defensa en juicio de los ciudadanos argentinos, interiorizándose por su situación procesal, su estado de salud y procurar el mantenimiento de condiciones dignas de higiene y habitación, en el caso de los detenidos.
  • Atender los intereses de los connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
  • Velar por los intereses de niños, niñas y adolescentes argentinos en situaciones de vulnerabilidad en el exterior.
  • A solicitud de autoridades judiciales o familiares directos -para fines exclusivamente humanitarios- procurar el paradero de personas a través de las autoridades locales.
  • Otorgar pasaportes, realizar actuaciones notariales y legalizar documentación.
  • Expedir venias de viaje a menores con el consentimiento de ley de los titulares de la patria potestad.
  • Realizar opción de nacionalidad de hijos de argentinos nativos nacidos en el exterior.
  • Tramitar documentación de identidad argentina (actualizaciones, duplicados DNI, cambios de domicilio, etc.).
  • Permitir la utilización de la dirección postal de la oficina consular para la recepción de correspondencia privada.
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No es competencia del Cónsul

  • Ser parte o asumir los gastos relativos a procesos judiciales que involucren a ciudadanos argentinos en causas civiles, comerciales, penales, laborales, etc.
  • Interceder a su favor en caso de que  quebrante o no respete las leyes locales (que, según los países, pueden diferir sustancialmente de la legislación argentina).
  • Procurarle un tratamiento diferenciados del que se brinda a los nacionales del país en hospitales o prisiones.
  • Realizar tareas que corresponden a agencias de viaje, aerolíneas, bancos, estudios jurídicos, empresas de mudanzas, servicios de correos, etc.
  • Proporcionarle pasajes o medios para regresar a la República o continuar viaje a otro punto, excepto en circunstancias muy especiales de indigencia probada o extrema vulnerabilidad que ameriten la evaluación de la repatriación, bajo el estricto cumplimiento de ciertos requisitos.
  • Proporcionarle dinero o hacerse cargo del pago de sus cuentas (facturas por alimentos, de transporte, hoteleras, legales, médicas o de cualquier otro tipo).
  • Gestionar ante las autoridades locales permisos de residencia, trabajo, visados para argentinos, etc.
  • Constituirse en garante o fiador.
  • Proporcionarle dinero para abonar gastos médicos, de internación, cirugías o repatrios sanitarios.
  • Abonar costos de repatrios de cenizas o restos mortales de ciudadanos argentinos fallecidos en el exterior, correspondiendo a los seguros contratados o a los familiares asumirlos.